CONCEPTO DE DEBIDO PROCESO SEGÚN JURISPRUDENCIAS DE LA CIDH
- Grisel Smith López
- 22 ene 2017
- 1 Min. de lectura
La Corte Interamericana en sendas jurisprudencias acota el debido proceso como parte de los derechos fundamentales que son intrínsecos a la persona ya que por encima de todo se debe considerar la condición humana en base al principio pro persona. Múltiples Estados han considerado la pronunciación de dicha Corte como criterio relevante dentro de su cuerpo normativo, por la constante violación en muchas veces omisiva de este derecho humano, que obviamente va enmarcado dentro del derecho mínimo del respeto a la dignidad humana.
La observancia de este principio por éste órgano jurisdiccional, ha llevado a ejercer un control constante de la razonabilidad de las leyes tanto en el derecho internacional, como en leyes internas de los Estados que han suscrito convenios multilaterales en materia de Derechos Humanos. Lo que al final busca es un punto medio entre el respeto de los derechos del ser humano y el poder jurisdiccional del Estado, buscando el seguimiento de todas aquellas garantías mínimas que deben ser respetadas y considerar al momento de enfrentarse para así tener un juicio justo.
Commentaires